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FOGASA: El Fondo de Garantía Salarial

FOGASA: Todo lo que debes saber sobre el Fondo de Garantía Salarial

FOGASA Fondo de Garantía Salarial, es un organismo público que pertenece al Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social. A continuación descubrimos qué es, normativa, para qué sirve y consejos sobre cómo te puede ayudar:

¿Qué es FOGASA?

FOGASA Fondo de Garantía Salarial es un sistema público que pertenece al Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social. Su principal objetivo es abonar a los trabajadores los salarios pendientes de pago y las indemnizaciones correspondientes, si la empresa para la que trabajan se declara en concurso de acreedores, (quiebra) a causa de insolvencia o procedimiento concursal del empresario.

Sin embargo para que dicho organismo se encargue de los salarios e indemnizaciones por despido de estos trabajadores, deben cumplirse una serie de requisitos que varían en cada caso.

Condiciones para recibir salarios mediante FOGASA

El Fondo de Garantía Salarial se hace cargo de diversos tipos de salarios pendientes de pago:

  • Devengados
  • Pagas extraordinarias
  • Salarios de tramitación

Siempre condicionado a que se encuentren pendientes de pago por declaración de insolvencia o procedimiento concursal de la empresa. La cantidad máxima a abonar por FOGASA a las personas beneficiarias, es la que resulta de multiplicar el doble del salario mínimo interprofesional diario, con prorrateo de pagas extras, por el número de días pendientes de pago, con un máximo de ciento veinte días.

Para que el FOGASA los tenga en cuenta, deben ser reconocidos mediante un acta de conciliación, un acta judicial o constar de un certificado por los Administradores concursales. Estos documentos son los que dan fé de que existen cantidades pendientes de abonar asociadas a la relación laboral.

Siempre que se cumplan estas condiciones FOGASA se hará cargo de abonar el importe correspondiente, aplicando sus propios límites. La cantidad máxima de las prestaciones abonadas por trabajador es el resultado de multiplicar por dos el SMID (Salario mínimo interprofesional diario) incluyendo el prorrateo de pagas extra, por el número pendiente de días asalariados

Siguiendo estas condiciones FOGASA asume un máximo de 150 días, aunque el resultado de esta operación sea un número mayor.

Actualización 2020 límites indemnizaciones

El salario mínimo interprofesional para 2020 está fijado según el Real Decreto 231/2020, de 4 de febrero. Procediendo a la aplicación de lo dispuesto en los artículos 18 y 19 del Real Decreto 505/1985 de 6 de marzo se cuantifican los límites de las prestaciones indemnizatorias y salariales del Organismo durante el año 2020. La limitación se establece en función de un salario módulo equivalente al doble de del Salario Mínimo Interprofesional, con inclusión de pagas extras:

  • Salario mínimo interprofesional diario para 2020 (SMI diario): 31,66 €
  • Doble del SMI diario, con prorrateo de extras: 73,70 €
  • Límite Salarios: 8.844,00 €
  • Límite Indemnizaciones: 26.900,50 €

 

Lo que debes tener en cuenta antes de cobrar una indemnización de FOGASA

Para que el FOGASA asuma una indemnización ésta debe estar reconocida a través de un acta de conciliación, una sentencia o recogida mediante un certificado de los Administradores Concursales.

FOGASA se hace cargo de las indemnizaciones a trabajadores por: 

  • Despido improcedente: 30 días por año trabajado.
  • Despidos nulos: Abonando la suma de 30 días por año trabajado.
  • Despidos colectivos: Más conocidas como ERE´s (Expedientes de regulación de empleo) donde se procede a una indemnización de 20 días por año trabajado.
  • Despido por causas objetivas: 20 días por año trabajado.
  • Cese de contratos temporales o de duración determinada: Abono de 8 días por año trabajado.
  • Cese por voluntad del trabajador con justa causa: 30 días por año trabajado

Sin importar el tipo de cese en la actividad FOGASA asume una indemnización máxima de 1 año. De la misma manera, para sus cálculos siempre tomará en cuenta como máximo el triple del SMI, con el correspondiente prorrateo de pagas extraordinarias incluido.

Casos donde FOGASA abona los pagos sin insolvencias ni concursos

Existen dos casos donde el FOGASA se hace caso de los pagos e indemnizaciones a los trabajadores sin que exista necesariamente una declaración de insolvencia o concurso de acreedores.

  1. Si la empresa cuenta con menos de 25 trabajadores
  2. En el caso de empresas con expediente de regulación de empleo (ERE´s) por causa mayor.

En esta situación, las indemnizaciones serán de 20 días de salario diario, siendo el máximo de días anuales.

Estadísticas FOGASA

El Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social así como la Sede Electrónica Sepe, presentan periódicamente múltiples informes sobre información de las estadísticas de FOGASA. Los informes y memorias anuales y mensuales de varios años, pueden consultarse por varios factores, como pueden ser: comunidad autónoma, provincia, motivos de solicitud, tamaños de las empresas, actividad de la empresa, género y provincia….

Entre los datos relevantes  de las estadísticas destacamos que en el año 2018, un total de 81.790 trabajadores recibieron 556,10 millones de euros pendientes de cobro tras la insolvencia o quiebra de sus empresas. Estas cuantías fueron muy inferiores a las que, según las estadísticas, abonó FOGASA en los años de la crisis y en los primeros años de la recuperación, ya que los pagos de este organismo pueden llegar a demorarse entre uno y dos años.

 

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