Pensionistas en el extranjero deberán acreditar dos veces su vivencia en 2026

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Los pensionistas de la Seguridad Social española que residan en el extranjero deben acreditar su vivencia, es decir, demostrar que siguen vivos, hasta en dos veces en 2026.

Desde el pasado 1 de enero de 2026 está abierto el plazo para que los pensionistas de la Seguridad Social española residentes en el extranjero puedan acreditar su vivencia para seguir cobrando su prestación con normalidad. Como principal novedad en 2026, estos pensionistas tendrán que acreditar su vivencia por primera vez durante dos veces este año.

Obligación de acreditar la vivencia para pensionistas españoles en el extranjero

Los pensionistas de la Seguridad Social española que residen fuera de España deben confirmar cada año que continúan con vida para seguir percibiendo su pensión. Este trámite debe realizarse, con carácter general, durante el primer trimestre del año, es decir, hasta el 31 de marzo.

Pensionistas consultando aplicación VIVESS desde el móvil para acreditar su vivienda

Novedad importante a partir de 2026: doble acreditación anual

Como cambio significativo, a partir de 2026 la acreditación de vivencia deberá efectuarse en dos ocasiones a lo largo del año:

  • Una primera vez del 1 de enero y el 31 de marzo de 2026.
  • Y una segunda vez del 1 al 30 de septiembre de 2026

El cumplimiento de ambos plazos será imprescindible para evitar la suspensión del pago de la pensión.

Además, está previsto que a partir de 2027 la acreditación de vivencia pase a tener una periodicidad cuatrimestral, realizándose previsiblemente en los meses de enero, mayo y septiembre.

Acreditación de vivencia mediante la app VIVESS

La forma más sencilla de realizar este trámite es a través de la aplicación móvil gratuita VIVESS, que permite acreditar la vivencia de manera rápida, segura y sin desplazamientos, desde cualquier lugar del mundo.

Mediante esta aplicación pueden realizar la acreditación:

  • Pensionistas del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
  • Beneficiarios del Instituto Social de la Marina (ISM).
  • Perceptores de pensiones no contributivas menores de edad.

Registro y acceso a la aplicación VIVESS

Para utilizar VIVESS, es necesario seguir estos pasos iniciales:

  1. Descargar la aplicación gratuitamente desde Google Play (Android) o App Store (iOS).
  2. Registrarse la primera vez que se accede, utilizando uno de los siguientes sistemas de identificación:
    • Cl@ve.
    • DNI o NIE electrónico.
    • Número de expediente (disponible en la carta anual de revalorización de la pensión).

Durante el registro, el usuario deberá indicar su país de residencia y completar los datos personales solicitados. También será necesario mostrar el documento de identidad elegido por ambas caras. La aplicación admite documentos de distintos países.

Este registro solo se realiza una vez y será válido para años posteriores.

Cómo realizar la fe de vida en VIVESS

Una vez registrado, el proceso para acreditar la vivencia es muy sencillo:

  1. Mostrar el documento de identidad por delante y por detrás, ajustándolo al recuadro de la pantalla.
  2. Mirar a la cámara durante unos segundos y sonreír para facilitar la identificación facial.
  3. Confirmar la fe de vida pulsando el botón correspondiente y firmando digitalmente.

La validación es inmediata. El documento firmado se envía automáticamente al INSS y el usuario recibe un justificante descargable en la propia aplicación, junto con el certificado oficial de vivencia emitido por la Administración.

Además, la app permite consultar en todo momento el próximo periodo en el que deberá realizarse la acreditación.

Desde este enlace puede consultar cómo usar la aplicación VIVESS para pensionistas residentes en el extranjero.

Otros trámites disponibles en la app VIVESS

Desde el apartado “+Gestiones”, los pensionistas residentes en el extranjero pueden realizar también otras gestiones, entre ellas:

  • Consultar o modificar datos bancarios.
  • Cambiar la modalidad de cobro de la pensión.
  • Actualizar el domicilio.
  • Enviar el certificado de residencia fiscal.
  • Solicitar certificados, incluido el de IRPF.
  • Consultar la vigencia de los documentos aportados.
  • Acreditar la vivencia del cónyuge a efectos del complemento a mínimos.

A partir de 2026, los cónyuges a cargo que generen complemento a mínimos también podrán registrarse en VIVESS y acreditar su vivencia desde el apartado específico “Gestión Vivencia cónyuge”.

Descarga de la aplicación VIVESS

Para conocer otras vías alternativas de acreditación de vivencia distintas a la aplicación VIVESS, se recomienda consultar la información oficial disponible para pensionistas residentes en el extranjero.

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