Se retrasa a 2027 la entrada en vigor de Verifactu, la factura electrónica

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Verifactu se retrasa a 2027: qué implica el aplazamiento de la factura electrónica

El sistema de facturación electrónica VeriFactu, diseñado para modernizar los procesos de facturación y reforzar el control fiscal de pymes y autónomos, no entrará en vigor hasta 2027. Inicialmente previsto para 2026, el Gobierno español ha decidido ampliar los plazos para dar más tiempo a empresas y profesionales a adaptar sus sistemas.

¿Qué ha cambiado en el calendario de VeriFactu? Nueva fecha de entrada en vigor en 2027

El Gobierno ha aplazado la entrada en vigor de VeriFactu, el sistema de registro y envío automático de facturas a la Agencia Tributaria. Aunque inicialmente estaba previsto para 2026, el nuevo Real Decreto-ley retrasa su obligatoriedad a 2027, otorgando más margen a empresas, autónomos y asesorías para adaptar sus sistemas de facturación.

Nuevas fechas de aplicación

1 de enero de 2027
Dirigida a entidades que tributan por el Impuesto sobre Sociedades (sociedades anónimas, limitadas y demás entidades sujetas a este impuesto).

1 de julio de 2027
Aplicable al resto de empresarios y profesionales, entre ellos:

  • Autónomos en estimación directa
  • Autónomos en módulos obligados a utilizar un Sistema Informático de Facturación (SIF)

Asimismo, se mantienen los regímenes específicos de territorios con sistemas propios, como (TicketBAI en el País Vasco o la normativa fiscal de Navarra).

Qué no cambia con el retraso de VeriFactu

El aplazamiento no altera los objetivos ni el marco técnico de la normativa.

El objetivo regulatorio permanece

El propósito sigue siendo reforzar la lucha contra el fraude y garantizar la integridad y trazabilidad de la facturación, en línea con la Ley Antifraude y el Real Decreto 1007/2023.

La obligatoriedad de utilizar un SIF

Aunque VeriFactu se active en 2027, el uso de un SIF que cumpla con los requisitos técnicos exigidos continúa siendo obligatorio.

La necesidad de anticiparse

El retraso no elimina la obligación futura; solo amplía el plazo. Las empresas que se adelanten evitarán la saturación del sector y la urgencia de implementar cambios de última hora.

El estándar técnico para los fabricantes de software no se modifica

El Real Decreto 1007/2023 sigue siendo el marco regulatorio vigente y establece los requisitos de integridad, trazabilidad y seguridad que deben cumplir los programas de facturación.

Más allá de VeriFactu: una oportunidad para digitalizar la facturación

El aplazamiento no solo ofrece más tiempo para adaptarse, sino también la oportunidad de mejorar la eficiencia interna.

La facturación manual o dispersa (Excel, Word, documentos no centralizados) genera problemas como:

  • Errores en importes o fechas
  • Dificultad para localizar documentos
  • Falta de control sobre cobros, impagos y rentabilidad
  • Dependencia excesiva de personas que gestionan información de forma aislada

Digitalizar los procesos permite:

  • Reducir errores y trabajo repetitivo
  • Mejorar la trazabilidad
  • Facilitar la toma de decisiones basada en datos reales
  • Optimizar la colaboración con asesorías y departamentos internos

Qué hacer durante 2026 si aún no has iniciado la digitalización

Revisar el sistema de facturación actual

Es recomendable evaluar si se trabaja con herramientas manuales, procesos desconectados o documentos dispersos. Si es así, la digitalización puede aportar una mejora inmediata en eficiencia y control.

Ordenar la relación con la asesoría

Este periodo permite definir un canal de trabajo estructurado, centralizar documentación y establecer responsabilidades claras entre empresa y asesoría.

Formar al equipo

Es fundamental que las personas implicadas comprendan qué es un SIF, qué supone VeriFactu y cómo afectará al flujo de trabajo.

Elegir o consolidar el software de facturación

Aunque la obligación se retrase, se recomienda trabajar desde ya con soluciones alineadas con el Real Decreto 1007/2023 y preparadas para VeriFactu.

El papel de TeamSystem en este contexto

TeamSystem se posiciona como un socio tecnológico para empresas, autónomos y asesorías en todo el proceso de digitalización.

  • Si ya trabajas con sus soluciones, puedes revisar el plan de implantación para aprovechar el tiempo adicional.
  • Si aún no has seleccionado software, es un buen momento para definir una hoja de ruta, planificar la transición y llegar a 2027 con procesos consolidados.

El desplazamiento del calendario no cambia la dirección de fondo: avanzar hacia la digitalización, la eficiencia operativa y el cumplimiento normativo.

Preguntas frecuentes sobre el retraso de VeriFactu

¿Por qué se generó tanta urgencia inicial si la entrada en vigor se ha retrasado?

Porque, como ocurre en muchos procesos normativos, los picos de demanda cerca de la fecha límite suelen generar saturación en los proveedores. Adelantarse reduce riesgos y evita costes adicionales.

¿Puedo dejar de enviar registros a la AEAT mientras no sea obligatorio?

Es técnicamente posible, pero poco recomendable. Mantener la modalidad VeriFactu activa facilita la transición y evita urgencias futuras.

¿Tiene sentido mantener mi software si VeriFactu no es obligatorio todavía?

Sí. El retraso no elimina la obligación, únicamente aplaza la fecha de aplicación.

¿Por qué debo adaptar mi SIF al Real Decreto 1007/2023 si VeriFactu aún no es obligatorio?

Porque ese Real Decreto ya está en vigor. Las exigencias de integridad y trazabilidad del software son obligaciones actuales.

¿La Ley Antifraude sigue vigente?

Sí. Todas las obligaciones derivadas de la Ley Antifraude continúan aplicándose.

¿Puedo seguir usando mi sistema actual?

Solo si cumple los requisitos técnicos vigentes. En caso contrario, será necesario actualizarlo antes de 2027.

¿Es posible adaptarse antes de la fecha obligatoria?

Sí, y es recomendable para reducir riesgos y facilitar la formación del equipo.

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